Form Ub-106-A-Ff-S - Reclamo Semanal Para Beneficios De Seguro Por Desempleo Page 2

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ARIZONA DEPARTMENT OF ECONOMIC SECURITY
UB-106-A -FF-S (4-17) PÁGINA - 2
Programa de Seguro por Desempleo
Instrucciones para llenar su reclamo semanal para beneficios de UI
Usted tiene que presentar un reclamo semanal cada semana. Una decisión no será hecha hasta que presente su reclamo
semanal. Todos los reclamos semanales son para la semana de calendario que comienza a las 12:01 a.m. el domingo y termina
a las 12:00 de medianoche en el sábado siguiente. Los reclamos semanales no pueden ser tramitados hasta después que la
semana de calendario haya terminado.
A continuación hay una breve explicación para cada de las preguntas que se le requerirá contestar cada semana.
1. ¿Estuvo usted capaz y dispuesto para trabajar cada día laboral regular?
Capaz de trabajar – Usted no tenía ninguna condición mental o física que le haya prevenido trabajar o aceptar trabajo.
Dispuesto para trabajar – Usted esta disponible si se hubiera podido trabajar las horas y días normales para su ocupación, tenía
transportación para llegar al trabajo, había cuidado de menores disponible si acaso era necesario, etc. Usted tiene que estar
preparado y dispuesto para aceptar trabajo de tiempo completo sin restricciones cuando se lo ofrezcan.
2. ¿Usted buscó trabajo? (Usted TIENE que proporcionar su búsqueda de trabajo) Se requieren cuatro (4) contactos de trabajo.
Buscar trabajo activamente– Usted debe de hacer un esfuerzo de manera activa para buscar empleo compatible para usted
basado en su experiencia, educación y capacitación. Usted tiene que buscar trabajo de una manera sistemática y prolongada
durante al menos cuatro días de la semana y hacer por lo menos un contacto de trabajo por día en cuatro días deferentes
de la semana. Preguntas generales y llamadas telefónicas son consideradas exploraciones y deben ser acompañadas por
un seguimiento pertinente, cual puede incluir visitas personales y suministración de solicitudes y currículos. El departamento
efectuará auditorias aleatorias y verificará la búsqueda de trabajo. Si usted realiza la búsqueda de trabajo en línea, retenga
copias electrónicas de conversaciones por medio del correo electrónico y/u otra evidencia electrónica como parte de su
registro de la búsqueda de trabajo.
3. ¿Rechazó alguna oferta o recomendación de empleo?
Rechazar una oferta o recomendación de empleo – usted rechazó trabajo que se le ofreció o no se presento ante un
empleador que usted fue referido de la oficina de Servicios Ocupacionales.
4. ¿Trabajó o ganó dinero, incluyendo el trabajo de tiempo parcial?
El departamento se asegura con frecuencia que la información de contratación coincida con los archivos
del empleador. El no divulgar los ingresos puede resultar en un enjuiciamiento y pago de restitución. (En caso
AFIRMATIVO, usted tiene que contestar 4a y 4b)
4a. ¿Cuáles fueron sus ingresos brutos antes de deducciones?
Divulgación de empleo y sueldo – Si usted desempeñó cualquier trabajo o ganó algún dinero, esto tiene que ser declarado
en su reclamo semanal. Usted tiene que divulgar los ingresos brutos antes de deducciones. Las ganancias deben ser
declaradas durante la semana en cual el trabajo se desempeñó, aun cuando no se le haya pagado.
Al momento de divulgar sus ganancias, usted tiene que incluir propinas, comidas, alojamiento, mercancía, o algún otro tipo de
pago por servicios. Pago por presentarse al trabajo o tiempo de proceso debe de ser declarado aunque no se haya trabajado.
Empleo parcial o temporal, ganancia porcentual, trabajo esporádico o autoempleo también necesita ser divulgado. La venta
de artículos de uso personal no se le considera como sueldo o pago por servicios.
4b. ¿Aún trabaja?
NO – Falta de trabajo o una reducción en fuerza laboral – cesantía del trabajo, no había más trabajo disponible
Renuncia – Dejó el empleo voluntariamente
Despedido, dado de baja o despedido por conducta indebida
Conflicto laboral – un conflicto o desacuerdo el cual resulta en una huelga o un cierre en el lugar de empleo. El
Departamento confirmará que existe un conflicto laboral.
5. ¿Regresó a trabajar de tiempo completo, lo cual le impide tramitar reclamos semanales adicionales por el momento?
Si usted no divulga que ha regresado a trabajar, puede resultar en un enjuiciamiento y pago de restitución.
Regresó a trabajar de tiempo completo
SÍ – usted trabaja y gana un sueldo en exceso a la cantidad de su beneficio semanal y no tiene que presentar un reclamo semanal.
NO – aún está sin empleo y desea continuar con el trámite de reclamos semanales.
6. ¿Usted rechaza tramitar su reclamo semanal porque no cumplió con los requisitos de búsqueda de trabajo conforme a #2 arriba?
Si usted no buscó trabajo ni se comunicó con las personas requeridas, usted será descalificado hasta que tenga empleo y
gane ocho veces lo de la cantidad de su beneficio semanal. Usted tiene la opción de declinar a presentar su reclamo semanal.
Si no tramita su reclamo, usted no recibirá beneficios por la semana.
Programa y Empleador con Igualdad de Oportunidades • Bajo los Títulos VI y VII de la Ley de los Derechos Civiles de 1964
(Títulos VI y VII) y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA por sus siglas en inglés), Sección 504 de la
Ley de Rehabilitación de 1973, Ley contra la Discriminación por Edad de 1975 y el Título II de la Ley contra la Discriminación
por Información Genética (GINA por sus siglas en inglés) de 2008; el Departamento prohíbe la discriminación en la admisión,
programas, servicios, actividades o empleo basado en raza, color, religión, sexo, origen, edad, discapacidad, genética y
represalias. Para obtener este documento en otro formato u obtener información adicional sobre esta política, comuníquese
con el Gerente de la oficina local; Servicios de TTY/TDD: 7-1-1. • Ayuda gratuita con traducciones relacionadas a los servicios
del DES está disponible a solicitud del cliente. Free language assistance for DES services is available upon request.

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