DDD-1088AFORFFS (1-18)
FIDEICOMISO PARA
SERVICIOS A CLIENTES
El Fideicomiso para Servicios a Clientes es una ayuda pagadera una sola vez, establecida para
ayudarle a las personas con discapacidades y a sus familias a alcanzar sus metas de mayor in-
dependencia. El Concilio de Asesoramiento de Discapacidades del Desarrollo revisa y aprueba
los gastos que satisfacen las metas del programa.
Las metas del Programa del Fideicomiso para Servicios a Clientes
Las metas del Fideicomiso para Servicios a Clientes son para promover la autodeterminación y proporcionar apoyos creati-
vos que aumenten la participación en la comunidad o mejorar la calidad de vida del individuo.
¿Quién es elegible?
Toda persona elegible para servicios mediante la División de Discapacidades del Desarrollo es elegible para solicitar ayuda.
En todos los casos, el individuo o los miembros de su familia tienen que cumplir las siguientes condiciones:
•
El artículo o apoyo solicitado no está disponible mediante de otros programas.
•
El individuo o un miembro de su familia se compromete a contribuir fondos parciales o apoyos en especie en la misma
categoría.
•
El individuo o un miembro de su familia demuestra la necesidad de asistencia financiera.
•
Las personas que residan legítimamente en los Estados Unidos.
¿Qué cubre?
El Concilio revisará y autorizará, hasta el límite de fondos disponibles, las solicitudes de gastos pagaderos una sola vez para
artículos singulares que ayuden a los individuos a participar más en sus comunidades o a mejorar la calidad de sus vidas. El
Fideicomiso para Servicios a Clientes no cubre necesidades continuas tales como subsidios de alquiler o pagos de terapias.
Las solicitudes de reembolsos no serán consideradas. Las solicitudes de pago para bienes o servicios ya recibidos no serán
consideradas.
¿Cuántos fondos hay disponibles?
Cada año, el Concilio determina la cantidad máxima de fondos disponibles para el programa. Los miembros pueden presen-
tar sólo una solicitud por año. Las solicitudes habrán de ser para la compras de un sólo artículo.
Las solicitudes que se asignan tienen que demostrar pruebas del costo compartido y evidencia de que el miembro haya ag-
otado otros recursos comunitarios y de la familia.
Las decisiones sobre las asignaciones del Concilio serán finales.
Pañales: Las solicitudes para los calzoncillos, pañales, y suministros de incontinencia para adultos deben hacerse mediante
el plan de salud del miembro (miembros de ALTCS). Los miembros sólo de la DD y aquellos con elegibilidad para la Coor-
dinación de Apoyo Orientado pueden solicitar pañales mediante el Fideicomiso para Servicios a Clientes.
¿Cómo se determinan las asignaciones?
Se da la prioridad a:
•
Las necesidades de salud o seguridad graves.
•
La promoción de una vida sostenible o independiente.
Vea la página 2 para leer la declaración de EOE/ADA/LEP/GINA