Form Mv-82-1s - Vehicle Registration/title Application In New York State Page 3

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COMPROBANTES ADMISIBLES
Todos los documentos que usted presenta como comprobantes de identidad y de seguro, deben
tener el mismo nombre que el que figura en la solicitud de registro. Para más detalles sobre comprobantes admisibles, lea la página 4 de este
formulario. Si ninguna de las situaciones que se describen a continuación aplica para usted, contáctese con una oficina de Vehículos
Motorizados o visite dmv.ny.gov para obtener más información.
COMPROBANTE DE PROPIEDAD
1. Si el vehículo fue adquirido en un concesionario del Estado de Nueva York y es:
Usado
a. Un Certificado de Venta Minorista (formulario MV-50)
y
a. Un Certificado de Venta Minorista (formulario MV-50) y
Nuevo
b. Un título (para vehículos del año 1973 o posteriores)
b. Un Certificado de Origen del Fabricante
o un registro transferible (para vehículos del año 1972
(MCO, por sus siglas en inglés)
o anteriores).
2. Si el vehículo fue adquirido en un concesionario fuera del Estado de Nueva York y es:
Nuevo
a. Un Certificado de Origen del Fabricante. Si no hay espacio
Usado a. Un registro transferible o título original expedido
en el Certificado de Origen del Fabricante (MCO) para anotar
en otro estado, cualquier cesión
y
una transferencia, se debe presentar el MCO junto con el
b. El contrato de compraventa original.
contrato de compraventa de cada transferencia luego de la
última transferencia que figura en el MCO, cualquier cesión y
b. El contrato de compraventa original.
3. Si el vehículo fue adquirido de un particular en una venta privada:
Fuera del Estado de Nueva York:
En el Estado de Nueva York:
a. y es un vehículo del año 1973 o posterior: se necesita
a. el título original expedido en otro estado
el título original que demuestre la transferencia, o
o el registro transferible que demuestre
b. es un vehículo del año 1972 o anterior: se necesita un registro
la transferencia,
y
transferible original que demuestre la transferencia,
y
b. el contrato de compraventa original.
c. el contrato de compraventa original.
4. Si el vehículo tiene un título del Estado de Nueva York o un registro transferible y el propietario del vehículo no ha cambiado y:
a. El solicitante no es el propietario:
Presente el título original del Estado de Nueva York o el registro transferible y el formulario MV-95 (Autorización de Registro)
firmado por el propietario. O llene la sección 3 del formulario MV-82 firmada por el propietario del vehículo.
b.
El propietario es una compañía de arrendamiento (leasing) del Estado de Nueva York:
Una copia del título del Estado de Nueva York y el formulario MV-95 (Autorización de Registro) firmada por el propietario.
O complete la sección 3 del formulario MV-82 firmada por el propietario del vehículo.
5. Si el vehículo es trasladado al Estado de Nueva York sin cambio de propiedad:
a. Un título original expedido en otro estado. O, si no se exigía cambiar la titularidad del vehículo en el estado donde fue registrado
por última vez, el registro transferible o la copia certificada del registro expedida por la autoridad de Vehículos Motorizados de otro estado.
b. Si el tenedor de una prenda de otro estado posee el título.**
l
Una copia del título a nombre del propietario, certificada por el tenedor de la prenda o la dependencia de Vehículos Motorizados
de otro estado (la certificación debe figurar en la misma página). O presente un Memorando del Título** (no negociable): si usted
no puede obtener una copia del título, debe presentar una constancia de propiedad expedido por dicha dependencia de Vehículos
Motorizados que demuestre que usted es el propietario del vehículo;
y
l
La declaración del tenedor de la prenda que indique el nombre del propietario, año, modelo y número de identificación vehicular (VIN)
del vehículo. La declaración debe figurar en el membrete del tenedor de la prenda y debe especificar que el tenedor posee el título original
y tiene conocimiento de que la copia del título se va a utilizar para registrar el vehículo en el Estado de Nueva York. La declaración
debe ser incondicional, por ejemplo, el tenedor de la prenda no puede solicitar al DMV que le notifique cuando el vehículo haya
sido registrado.
El Estado de Nueva York expide títulos para los vehículos modelo 1973 o posteriores y registros transferibles para
IMPORTANTE:
vehículos modelo 1972 o vehículos de modelos posteriores como comprobante de propiedad del vehículo. El DMV no puede otorgarle
un registro transferible o un título hasta que le proporcione al DMV el título original expedido en otro estado. Por consiguiente, cuando usted
reciba el título original del tenedor de la prenda, por favor envíelo por correo a la Oficina de Títulos (Title Bureau), cuyo domicilio figura a
continuación, con una carta de explicación y una copia de su registro. Entonces el DMV le enviará por correo el comprobante de propiedad
que corresponda a su vehículo.
TITLE BUREAU, NYS Department of Motor Vehicles, 6 Empire State Plaza, Albany NY 12228
c. Si una compañía de arrendamiento de otro estado posee el título:**
l
Una copia del título expedido en otro estado a nombre de la compañía de arrendamiento; y
l
Una carta del propietario declarando que tiene conocimiento de que la copia del título será utilizada para registrar el vehículo
en el Estado de Nueva York; y
l
El formulario completo MV-95 (Autorización de Registro) o la sección 3 del formulario MV-82 firmado por el propietario.
IMPORTANTE:
Si usted compra el vehículo antes o cuando vence el contrato de arrendamiento, deberá solicitar a la compañía de
arrendamiento que le transfiera el título original a usted. Para transferir la propiedad del vehículo a su nombre,
no envíe por correo
el título
a la Oficina de Títulos, deberá presentarse personalmente en el Departamento Vehículos Motorizados del Estado de Nueva York.
** No se emitirá un título del Estado de Nueva York en esta situación.
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