Form Mv-82-1s - Vehicle Registration/title Application In New York State Page 4

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COMPROBANTES ADMISIBLES (continuación
)
COMPROBANTE DE COBERTURA DEL SEGURO
1. La tarjeta de identificación del seguro del Estado de Nueva York con código de barras expedida por una compañía aseguradora autorizada
por el Estado de Nueva York a nombre del solicitante. La tarjeta debe tener la póliza vigente en la fecha de registro del vehículo; o
2. El formulario FH-1 (Certificado del Seguro) para Vehículos de Alquiler; o
3. Un permiso emitido por el Departamento Federal de Transporte o un permiso del Departamento de Transporte del Estado de Nueva York
(NYS DOT, por sus siglas en inglés).
COMPROBANTE DE INSPECCIÓN
1. Todos los vehículos
que fueron adquiridos de otra forma que no sea en un concesionario del Estado de Nueva York, deben ser sometidos
usados
a una inspección después de su venta o transferencia. Si el vehículo no es inspeccionado antes de su registro y el vehículo no es uno de los que se
describen en el punto 3 a continuación, el DMV emitirá un certificado de inspección temporal que le permitirá registrar el vehículo y le otorgará
un plazo de 10 días para realizar su inspección.
2. Los vehículos adquiridos en un concesionario registrado del Estado de Nueva York serán sometidos a inspección en el momento de la venta.
Se debe entregar un certificado de venta (formulario MV-50).
3. Los siguientes vehículos deben ser sometidos a inspección antes de registrarlos:
a. Vehículos rescatados o para desguace: Se debe presentar un certificado de venta completo (formulario MV-50).
b. Cualquier vehículo que transporte pasajeros y que deba someterse a la inspección del Departamento de Transporte del Estado de Nueva York
o de la estación de inspección de vehículos pesados. El comprobante de inspección del Departamento de Transporte exigido es un informe de
inspección del vehículo (MC300) expedido por el Departamento de Transporte del Estado de Nueva York. El comprobante de inspección
requerido de los vehículos pesados es el formulario MV-50 (para una venta de concesionario) que incluye la información de inspección,
o membrete o factura de una estación de inspección que contenga la información enumerada en el formulario MV-82.1P (para una renovación
o si el vehículo no fue comprado a través de un concesionario).
c. Vehículos pesados del Estado de Nueva York: se necesita una factura o membrete que tenga los datos completos del vehículo, el nombre
y domicilio del solicitante.
Para obtener más información, consulte el formulario MV-82.1P (Requisitos de Inspección para Vehículos de Transporte de Pasajeros).
COMPROBANTE DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
1. Si el vehículo fue
, debe presentar un formulario MV-50 (Certificado de Venta
adquirido en un concesionario del Estado de Nueva York
Minorista). Si el vehículo fue adquirido en un concesionario de otro estado, debe presentar el contrato de compraventa original donde figure el pago
del impuesto sobre las ventas del Estado de Nueva York, y el formulario DTF-803* completo.
2. Si el vehículo fue adquirido en una concesionaria, o si es un obsequio o fue heredado de su cónyuge, padres, hijos, padrastros o hijastros, debe
presentar el contrato de compraventa original y el anverso del formulario DTF-802* completo. Además, si el vehículo fue adquirido por un valor
inferior al valor equitativo de venta o es un obsequio de otra persona que no sea el cónyuge, los padres, hijos, padrastros o hijastros, el vendedor
o quien dona el vehículo debe llenar y firmar el reverso del formulario DTF-802*.
3. Para solicitar una exención del impuesto sobre las ventas, llene el formulario DTF-803*.
4. Si pagó el impuesto sobre las ventas en otro estado y quedó un saldo pendiente, llene el formulario DTF-804* y pague lo adeudado en el Estado
de Nueva York. Si no tiene un saldo pendiente, llene el formulario DTF-802*.
5. Si el vehículo fue arrendado, debe presentar una copia del contrato de arrendamiento. Al momento de registrar el vehículo, es posible que deba
abonar otros impuestos.
*Los formularios de impuestos están disponibles en dmv.ny.gov, en todas las oficinas del DMV y en el Departamento de Impuestos y Finanzas del
Estado de Nueva York.
COMPROBANTE DE INCORPORACIÓN
1. El registro o título de un vehículo a nombre de la misma empresa expedido por el Estado de Nueva York; o
2. Una copia autenticada del Certificado de Incorporación del Estado de Nueva York; o
3. Para empresas del Estado de Nueva York solamente:
a. Un certificado con sello autentificador expedido por el Departamento de Estado de Nueva York; o
b. Un recibo de solicitud expedido por el Departamento de Estado de Nueva York.
4. Para empresas de otros estados solamente:
a. Una copia autenticada del Certificado de Incorporación del estado de procedencia; o
b. Un certificado con sello autentificador expedido por el Departamento de Estado de Nueva York; o
c. Un recibo de solicitud expedido por el Departamento de Estado de Nueva York.
5. Para nombres comerciales corporativos (DBA, por sus siglas en inglés): Un recibo de solicitud de incorporación expedido por el Departamento
de Estado de Nueva York en el que figure el nombre comercial.
6. Para asociaciones no incorporadas: Contáctese con una oficina de Vehículos Motorizados para determinar los comprobantes admisibles
para el tipo de organización.
COMPROBANTE DE SOCIEDAD Y COMPROBANTE DE NOMBRES COMERCIALES CORPORATIVOS
Para una Sociedad: Presentar un Certificado de Sociedad (registrado en la Oficina de Administración del Condado).
Para nombres comerciales corporativos (DBA): Presentar una copia del recibo de solicitud de registro del nombre comercial expedido
por la Oficina de Administración del Condado.
PODER
Si una persona, una sociedad o una empresa le entrega un poder a otra persona para comprar, vender o registrar vehículos que pertenecen a alguna
de éstas, debe presentar el Poder original. El Poder debe estar autenticado por un notario y debe contener la siguiente información:
l
La fecha en que el Poder fue expedido.
l
El nombre y el domicilio de la persona designada como apoderada.
El nombre, el domicilio y la firma de la persona que otorga el poder.
l
El nombre y el domicilio de la empresa o sociedad, si fuera necesario.
l
La persona designada como apoderado debe escribir las iniciales “P.A.” (apoderado) luego de su firma.
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